IRPF EN VITORIA: Deducción por donaciones

Las donaciones consisten en dar fondos u otros bienes a personas, organismos e instituciones sin recibir nada a cambio. Sin embargo, estas aportaciones suelen generar efectos fiscales tanto para quien la realiza como para quien la recibe. El IRPF en Vitoria contempla la deducción por donaciones.

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La deducción por donaciones constituye una forma de desgravar una parte de los impuestos de aquellos contribuyentes que realizan donativos. Se trata de un importante beneficio fiscal, ya que la persona que dona se desprende, aunque de manera voluntaria, de una parte de su patrimonio.

En Álava, y en toda España, el tema de las donaciones es de suma trascendencia. De hecho, las consideraciones fiscales que implican están contempladas en dos tipos de tributos. El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones y el Impuesto sobre la Renta de Personas Físicas (IRPF).

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¿Qué hacer para aplicar a la deducción del IRPF en Vitoria por donaciones?

Lo primero que hay que hacer es reflejar en la declaración de impuestos, las donaciones que se realizan. De igual modo, es importante especificar el monto de los donativos y si posee un carácter recurrente o no. Esto quiere decir que se debe expresar si la donación se ha realizado en reiteradas oportunidades.

Una donación es recurrente cuando la misma es hecha en los dos períodos impositivos anteriores. También es condición necesaria que el monto del donativo sea igual o superior al que se planea hacer. Este requisito contable es crucial ya que  de lo contrario el acto será considerado como no recurrente.

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¿En cuáles condiciones aplican la deducción por donaciones?

La Norma Foral  33/2013 del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas es bastante clara al respecto. Esta normativa, en su artículo 91, establece las condiciones de la aplicación de la deducción por donativos. Entre las condiciones más importantes que señala la legislación, están:

  • Los contribuyentes podrán aplicar las deducciones previstas para este Impuesto en las Normas Forales reguladoras del Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos y de los Incentivos Fiscales al mecenazgo.
  • Los contribuyentes del IRPF en Álava  tendrán derecho a deducir el 20% de la base de la deducción. Tal deducción del impuesto no podrá exceder el 30% de la base liquidable de este impuesto.
  • La deducción solo podrá aplicarse a aquellos contribuyentes incluidos en el modelo informativo señalado en la letra “d” del artículo 116 de esta Norma Foral. Este apartado señala que la entidad que hace la donación debe presentar una certificación acreditativa de la misma.
  • En caso de que la entidad donataria no presente el modelo informativo, el contribuyente podrá aplicar la deducción cuando aporte el correspondiente certificado acreditativo del donativo así como cargo bancario justificando el pago.

¿Cuáles aportaciones generan el derecho a la deducción del IRPF en Vitoria?

En cuanto a las entidades beneficiarias, el artículo 18 de la Norma Foral del Régimen Fiscal de las Entidades sin fines lucrativos e Incentivos Fiscales al Mecenazgo es muy claro. Dicho artículo establece que generan derecho a la deducción del IRPF en Vitoria  los aportes que se hagan a:

  • Las entidades sin fines lucrativos.
  • La Diputación Foral de Álava, las otras Diputaciones Forales, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales, así como los Organismos autónomos y las entidades autónomas de carácter análogo de las Administraciones citadas anteriormente.
  • Las universidades y los centros adscritos a las mismas.
  • El Instituto Cervantes, el Institut Ramon Llull y las demás instituciones con fines análogos de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia.
  • La Cruz Roja Española y la Organización Nacional de Ciegos Españoles.
  • Euskaltzaindia-Real Academia de la Lengua Vasca, así como el Instituto de España y las Reales Academias integradas en el mismo, así como las instituciones de las Comunidades Autónomas con lengua oficial propia que tengan fines análogos a los de Euskaltzaindia-Real Academia de la Lengua Vasca.
  • La Sociedad de Estudios Vascos-Eusko Ikaskuntza y la Real Sociedad Bascongada de Amigos del País-Euskal Herriaren Adiskideen Elkartea.
  • El Comité Olímpico Español y el Comité Paralímpico Español.
  •  

¿Qué otras condiciones aplican para la deducción del IRPF en Vitoria por donaciones?

La Norma Foral del Régimen Fiscal de las entidades sin fines lucrativos e incentivos fiscales al mecenazgo también plantea algunas prerrogativas. Esta normativa, en su artículo 19, establece que la deducción será aplicada a aquellas donaciones y donativos que sean de la siguiente naturaleza:

  • Los donativos o donaciones de bienes que formen parte del Patrimonio Cultural Vasco que estén inscritos en el Registro de Bienes Culturales.
  • Los donativos o donaciones de bienes que formen parte del Patrimonio Histórico Español, que estén inscritos en el Registro General de bienes de interés cultural.
  • Los donativos y donaciones dinerarios, de bienes o de derechos.
  • Los donativos o donaciones de bienes culturales declarados o inscritos por las Comunidades Autónomas, de acuerdo con lo establecido en sus normas reguladoras.
  • Los donativos, donaciones o cesiones temporales gratuitas de bienes culturales de calidad garantizada, apreciada por la Diputación Foral de Álava, en favor de entidades que persigan, entre sus fines, la realización de actividades museísticas y el fomento y difusión del patrimonio histórico artístico.

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