- 02/05/2013
- Posted by: admin
- Categoría: Fiscales

Publicaremos varias casillas a repasar, iniciando esta serie de publicaciones por las relativas a la vivienda habitual:
DEDUCCIÓN POR ALQUILER DE VIVIENDA HABITUAL
Diputación Foral de Álava: Los contribuyentes que satisfagan durante el período impositivo cantidades por el alquiler de su vivienda habitual podrán aplicar una de las dos siguientes deducciones:
- El 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo con un límite de deducción de 1.600,00 euros anuales.
- El 25% de las cantidades satisfechas en el período impositivo con un límite de deducción de 2.000,00 euros anuales, cuando se trate de contribuyentes en los que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Menores de 30 años.
- Titulares de familia numerosa.
- Quienes tengan reconocida una incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez.
- En los supuestos en que, por decisión judicial, se hubiera establecido la obligación de pagar el alquiler de la vivienda familiar a cargo exclusivo del contribuyente éste tendrá derecho a practicar en su autoliquidación esta deducción. Si tal obligación correspondiera a ambos contribuyentes, la deducción se prorrateará entre ellos y se practicará en la autoliquidación
Agencia Tributaria: Los contribuyentes podrán deducirse desde el 10,05% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, siempre que su base imponible sea inferior a 24.107,20 euros anuales. Los arrendadores podrán reducir hasta el 100% cuando alquilen una casa a menores de 30 años. Las deducciones por comunidades son compatibles con la estatal
COMPRA DE VIVIENDA HABITUAL
Diputación Foral de Álava:
- En concepto de inversión: el 18 por 100 de las cantidades invertidas en la adquisición de vivienda habitual durante el período impositivo, incluidos los gastos originados por dicha adquisición que hayan corrido a su cargo.
- En concepto de financiación: el 18 por 100 de los intereses satisfechos en el período impositivo por la utilización de capitales ajenos para la adquisición de dicha vivienda habitual, incluidos los gastos originados por la financiación ajena que hayan corrido a su cargo.
- La deducción máxima anual, por la suma de ambos conceptos, será de 1.800 euros.
Agencia Tributaria: Último año en que se mantiene la deducción del 15% con un máximo de 9.040 euros. Muchas comunidades también permiten la desgravación por compra de inmueble, en numerosos casos, para jóvenes menores de 35 años
PINCHA AQUÍ: IRPF 2016 – (CAMPAÑA 2017) – VITORIA GASTEIZ ALAVA
IRPF 2012